1. Objeto:
Denominación social: CUANTICA SIEBEN, S.L.U, con domicilio social: C/ MIOU, SN – 33770 VEGADEO – ASTURIAS, con CIF B74431768 en adelante “SAT”, se compromete a realizar la Asistencia Técnica y el Mantenimiento Preventivo y/o Correctivo de las calderas con las que tenga contrato de mantenimiento en función de las prestaciones contratadas en el plan seleccionado por el usuario.
2. Prestaciones generales incluidas en el Contrato de mantenimiento
De forma inicial y previa a la formalización del contrato el SAT podrá revisar el estado del aparato cuyo mantenimiento deberá ser mediante el plan que mas se adecue al estado del aparato y de la instalación a que se encuentra conectado así como los elementos y dispositivos adicionales de los que se compone.
2.1 Prestaciones Servicio Sieben Básico:
Una revisión anual al domicilio del USUARIO para la revisión de mantenimiento en la que se realizarán en cumplimiento de la instrucción IT.3.3. del RITE.
La fecha de ejecución revisión anual será sen consensuará con el USUARIO en función de la fechas disponibles, preferentemente fuera de la temporada de calefacción o coincidiendo con una reparación.
El precio del Contrato de Servicio incluye todos los conceptos relativos a los gastos de un solo técnico, en caso de que sea necesaria la intervención de un segundo técnico, se facturará aparte, previa aceptación del presupuesto por parte de usuario.
– Limpieza y Revisión general del conjunto del aparato según periodicidad recomendada por el fabricante de la caldera.
– Comprobación y ajuste de los parámetros configurados en la puesta en marcha.
– Análisis de Combustión.
– Mano de obra y Gastos de desplazamiento.
– Todas las visitas necesarias para la reparación de la caldera.
3. Servicios excluidos en el Contrato de Servicio
Se excluirán de todos los servicios de mantenimiento las averiás o desperfectos derivadas de las siguientes causas:
Todos los casos de fuerza mayor (a título meramente enunciativo que no limitativo: inundación, congelación, entrada de aguas, revoco, condensaciones, incendio, aguas duras o alcalinas y análogas);
Las averiás derivadas de Negligencias o mal uso por parte del usuario o terceros ajenos a este contrato; corrosión o ruptura del aparato, de los radiadores, de los tubos y complementos similares; averías producidas por causas ajenas al equipo objeto de este contrato; se excluyen trabajos puntuales de descalcificación del aparato y todas las piezas y elementos que puedan estropearse por causa de la cal, limpiezas de conductos y chimeneas o reparaciones de la instalación y fallos que puedan derivarse directa o indirectamente de no haberse cumplido estrictamente las normas e instrucciones del Manual de Usuario y de SAT y sus técnicos.
El traslado de los equipos, o daños producidos cuando el equipo se encuentre en un lugar distinto al domicilio declarado en el Contrato de Servicio, salvo que haya sido comunicado previamente y aceptado explícitamente por el SAT.
Los accesorios y dispositivos que sean necesarios acoplar para el buen funcionamiento del aparato, así como los accesorios conectados al equipo (a título ejemplificativo que no limitativo, acumuladores, termostatos, relojes programables, centralitas de regulación, carcasas, tapas, rejillas, embellecedores, ánodo de magnesio, botellas de CO2, pilas y todos aquellos materiales consumibles, aceites, grasas, reductores PH del agua, limpiadores, líquido descalificador, otros líquidos y análogos. etc.).
No está incluido el importe piezas a sustituir en caso de avería, excepto en el contrato SIEBEN PLUS + con extensión de garantía.
Las transformaciones o modificaciones de las características originales de la instalación.
No obstante, en caso de que el USUARIO solicitara a CUANTICA SIEBEN la realización de trabajos de reparación o cambios en dichos elementos, se presupuestarán previamente de acuerdo con la Tarifa de Recambios CUANTICA SIEBEN recomendada y, en caso de aceptación por parte del USUARIO, se facturarán los trabajos a parte.
La validez de un presupuesto de reparación presentado es de seis (6) meses. Al término de este período contado desde la fecha de elaboración, deberá realizarse un nuevo presupuesto.
4. Prestación de los servicios y responsabilidad
En todas las intervenciones de reparación se aplicarán los Protocolos de Seguridad establecidos por CUANTICA SIEBEN, pudiendo resultar la recomendación de dejar fuera de funcionamiento un equipo por motivos de seguridad en tanto en cuanto no se solucionen los problemas indicados, circunstancia que quedaría reflejada en la correspondiente Hoja de Trabajo.
Será responsabilidad exclusiva del usuario, con total indemnidad para CUANTICA SIEBEN, la utilización por parte de un USUARIO de un equipo que el técnico del servicio hubiera dejado “fuera de funcionamiento”.
5. Vigencia, Duración y Terminación.
El Contrato de Servicio entrará en vigor el día de su firma y tendrá una duración inicial de un (1) año, prorrogándose automáticamente a su vencimiento por sucesivos periodos de un (1) año, con los precios que serán comunicados por CUANTICA SIEBEN al USUARIO (también disponibles en la web www.cuanticasieben.es) con, al menos, siete (7) días de antelación al inicio del plazo previsto para el ejercicio de los derechos de cancelación.
El USUARIO podrá dar por finalizado o no renovar, según corresponda, el Contrato de Servicio a través del correo electrónico rma@cuanticasieben.es o a través del formulario que encontrará en el siguiente link SOPORTE SOPORTE TECNICO RMA/baja, siempre y cuando remita dicha comunicación a CUANTICA SIEBEN con, al menos, treinta (30) días de antelación a la fecha de terminación del plazo inicial o de cada una de sus sucesivas prórrogas.
El USUARIO puede ejercer su derecho a desistir del Contrato de Servicio dentro de un plazo de quince días desde su contratación, debiendo comunicarlo a través de:
a) Llamada telefónica al 985634534
b) Correo electrónico dirigido a rma@cuanticasieben.es
El USUARIO puede ejercer su derecho a desistir del Contrato de Servicio dentro de un plazo de quince días desde su contratación, debiendo comunicarlo a través de:
a) Llamada telefónica al 985634534
b) Correo electrónico dirigido a rma@cuanticasieben.es
c) Formulario que encontrará en el siguiente link www.cuanticasieben.es/BOTON SOPORTE SOPORTE TECNICO RMA/baja, procederá a la devolución de las cantidades abonadas por el USUARIO hasta la fecha de desistimiento en un plazo no superior a 14 días naturales desde la fecha de recepción de la notificación de desistimiento.
Si el USUARIO desistiera del Contrato de Servicio habiendo recibido prestaciones de servicio por parte de BAXI, BAXI facturará al USUARIO el importe del servicio prestado, pudiendo compensar dicho importe contra la cantidad que, en su caso, debiera devolver al USUARIO con motivo del desistimiento del Contrato de Servicio.
6. Obligaciones del SAT
SAT y sus técnicos poseen todas las autorizaciones administrativas, carnets profesionales y seguros de responsabilidad civil que exige la legislación vigente. Asimismo los técnicos del SAT tienen la capacitación profesional necesaria para realizar los trabajos objeto del presente contrato.
SAT cumple estrictamente las normas que rigen su actividad y se sujeta a rigurosos procesos de control de calidad de sus productos y servicios.
SAT podrá modificar el contrato para cumplir normas imperativas de la Administración Pública competente, en cuyo caso informará puntualmente al usuario y éste quedará faculta-do para resolver el contrato si no aceptara las modificaciones propuestas.
La atención telefónica y la recepción de avisos tendrá lugar, en horario de oficina, de lunes a viernes, excluidos los festivos.
La actividad de SAT pactada en este contrato viene regulada en la Ley 21/1992, de 16 de julio, y los R.D. 58/1988, de 29 de enero, y R.D. 1027/2007, de 20 de julio, y R.D. 919/2006, de 28 de julio.
7. Obligaciones del USUARIO
El usuario se compromete a realizar por su cuenta y responsabilidad cuantos trabajos previos sean convenientes o necesarios para facilitar la accesibilidad a los técnicos del SAT al equipo instalado, a fin de llevar a cabo las revisiones o reparaciones objeto de este contrato. Se incluyen entre ellos, a título meramente enunciativo, el desmontaje y separación de muebles, estructuras e instalaciones que rodeen al equipo para poder acceder al mismo. El coste de estos trabajos previos, en todo caso, será asumido por el usuario.
El usuario comunicará y requerirá a SAT para que realice la revisión anual pactada en cada tipo de contrato.
El usuario notificará por escrito a SAT cualquier cambio en la titularidad de la instalación. La modificación sólo surtirá efecto desde su recepción por SAT, que se reserva el derecho de aceptar la modificación o resolver el contrato de conformidad en un plazo de diez días, por su carácter personalísimo.
8. Garantías
SAT, como Servicio Técnico, analiza si las averías de un equipo de la marca, constituyen o no una falta de conformidad, de acuerdo a lo dispuesto en el R. D. L. 1/2007, y, en su caso, si dichas averías quedan cubiertas por la garantía legal o comercial de la marca, realizan su reparación, de acuerdo con la marca.
En su actividad cumple con lo señalado en el R. D. 58/1988, de 29 de enero.
Sus prestaciones quedan amparadas por la garantía comercial que en cada tipo de contrato se ofrece como SAT, con independencia de las garantías legales propias del vendedor o las garantías comerciales del fabricante.
8. Precio
El importe anual del presente contrato será el pactado durante la firma, y será revisado en el momento que se cumpla cada anualidad, conforme a la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumo, índice general, en la cuantía publicada por el Instituto Nacional de Estadística o cualquier otro organismo oficial que lo sustituya.
SAT podrá modificar el precio por encima de dicho índice para cada nueva anualidad, en razón a los incrementos de costes de la propia empresa, del sector o derivados del cumplimiento de normas imperativas de la Administración Pública competente, en cuyo caso informará puntualmente al usuario y éste quedará facultado para resolver el contrato si no aceptara el precio nuevo. La revisión de precios indicada se efectuará de manera especial cuando la caldera cumpla diez años desde la fecha de puesta en marcha.
El precio será satisfecho de una sola vez, por recibo bancario domiciliado o mediante pago por tarjeta de crédito/débito (servicio exclusivo para contratación Online).y deberá ser hecho efectivo dentro del primer mes a contar desde la entrada en vigor del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, reservándose SAT el derecho de prestar los servicios objeto del contrato a partir de dicha fecha si el mencionado importe no ha sido satisfecho.
La firma del contrato no prueba ni presupone el pago del precio del mismo, lo que se acreditará con el recibo o justificante bancario correspondiente.
10. Cesión
La cesión en todo o en parte de la posición contractual que las partes ostentan en virtud del presente contrato no surtirá efectos a menos que se haga por escrito y con el consentimiento de la otra parte. No obstante, SAT podrá ceder su posición contractual a sociedades pertenecientes a su mismo grupo empresarial, debiendo informar al usuario sobre dicha circunstancia.
11. Protección de datos de carácter personal.
El firmante declara que los datos identificativos indicados en le contrato son ciertos, los cuales serán incluidos en los ficheros de CUANTICA SIEBEN S.L.U, que corresponden a la dirección de la instalación para poder realizar de una forma correcta la gestión y ejecución de los servicios contratados. El titular autoriza a CUANTICA SIEBEN ya sus sociedades participadas y asociadas la cesión de sus datos personales para la correcta prestación de servicio de atención al cliente. La presente autorización podrá ser revocada por los titulares de los datos mediante comunicación escrita al responsable de protección de datos personales del SAT de CUANTICA SIEBEN S.L.U. en la dirección de la sede social en C/ MIOU, SN, 33770 – VEGADEO – ASTURIAS.